El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó este martes auto de no ha lugar a favor de Jean Andrés Pumarol, imputado por el ataque ocurrido en un condominio del sector Naco que dejó una mujer fallecida y cinco personas heridas.
La decisión judicial establece que el acusado no puede ser procesado penalmente en esta etapa.
El juez Deiby Timoteo Peguero concluyó que el encartado se encontraba bajo un cuadro psicótico al momento de los hechos.
Tribunal cierra el proceso en esta etapa
Con este fallo, el proceso queda cerrado sin que se conozca un juicio de fondo.
Sin embargo, las partes involucradas aún pueden interponer un recurso de apelación contra el auto emitido.
La decisión judicial marca un punto clave en el caso, aunque no necesariamente su conclusión definitiva.
Internamiento en centro psiquiátrico
El abogado Richard Martínez confirmó que la familia de Pumarol procederá a ingresarlo en una clínica privada.
- El objetivo es garantizar la continuidad de su tratamiento psiquiátrico.
La defensa sostuvo que esta medida responde a la condición de salud mental del imputado.
El caso generó amplio impacto debido a la gravedad del ataque en Naco, que dejó una víctima mortal y varios heridos.
Antecedentes generales
El caso de Jean Andrés Pumarol se enmarca en la normativa penal de la República Dominicana, que contempla la figura de inimputabilidad para personas que se encuentran bajo un cuadro psicótico o padecen trastornos mentales que les impiden comprender la criminalidad de sus actos.
La ley establece que, cuando un imputado no puede responsabilizarse penalmente debido a su estado mental, el proceso judicial puede concluir con un auto de no ha lugar, sin necesidad de un juicio de fondo. No obstante, las partes conservan el derecho a interponer recursos de apelación.
FUENTE: Noticias sin



