Santo Domingo. – La Federación Nacional de Bancas de Loterías (FENABANCA), informó hoy que no está opuesta a lo expresado en la Ley 139-11 Artículo 9, el cual establece que: “La Dirección General de Impuestos Internos, usando tecnología adecuada, establecerá un sistema de fiscalización de todas las operaciones, transacciones y registros de alta y baja de las bancas deportivas, bancas de loterías y máquinas tragamonedas el cual garantizará que el Estado Dominicano perciba los impuestos aplicados a estas actividades”.
En tal sentido, la Federación Nacional de Bancas de Loterías, consideró razonable que el sector y sus asociados, manifiesten sus dudas y planteen interrogantes basadas en la experiencia de un proceso pasado, el cual estuvo vinculado a una mafia que no solo estafó al Estado Dominicano sino también al propio sector, sin que esto implique un señalamiento en la persona de algún funcionario.
Fenabanca calificó el proceso de regulación implementado por el Gobierno como un fracaso, por continuar la proliferación de bancas, la cual ha ido en aumento posterior al referido proceso, donde se han colocados miles de máquinas en lugares prohibidos por la ley (ejemplo la violación a la 136-03, del Código para el Sistema de Protección a los Derechos Fundamentales de los niños, niñas y adolescentes), donde no se han tomado en cuenta las oposiciones a bancas registradas que laceran el derecho adquirido, ni se han depurado y excluidas aquellas bancas inscritas que basadas en la norma, no califican.
Los banqueros, manifestaron que resulta contraproducente, forzar a un proceso de interconexión, el cual pudiera interpretarse que sólo busca precisar de un número para el cobro de impuestos, dejando de lado el adecentamiento del sector de juegos de azar, pedimento que Fenabanca a reclamado hasta la saciedad.
La Federación Nacional agregó que la institución, nunca se ha prestado a encubrir actividades ilícitas, aunque las mismas sean patrocinadas por algún miembro de la Federación; por el contrario en los últimos 22 años, expresaron que han librado una lucha titánica por garantizar a todos sus asociados la regulación y la fiscalización del sector por parte del Estado Dominicano y sus instituciones; siempre tomando en cuenta los intereses del Estado y sobre todo de la sociedad dominicana. Demandaron la preservación de sus derechos y expresaron que no aceptarán bajo ninguna condición, medidas arbitraria o contraria a las disposiciones legales.
En tal sentido, está solicitando y demandando del Honorable Presidente de la República, del Ministerio de Hacienda, del Vice Ministro del Tesoro, de la Directora de Casinos y del Administrador de la Lotería Nacional y coordinador del Plan de Regularización y de cualquier otra autoridad, que por mandato de la ley, tenga responsabilidades de fiscalizar y organizar el sector de juegos en la República Dominicana, lo siguiente:
1. Plan de Regularización. Que las autoridades procedan de manera inmediata a convocar el consejo establecido por el Presidente de la República, en su Decreto No. 63-22. Que este consejo proceda, inmediatamente, a concluir todo el plan de regularización del Sector de Bancas de Loterías, respeten la disposición de la distancia que debe existir entre una banca legal y otra. Regulación esta que tiene su origen en el año 1999, formando parte de los derechos adquiridos de los propietarios de bancas legales. Que las autoridades se aboquen a implementar un plan agresivo de fiscalización y clausura de bancas ilegales que no reúnen los requisitos legales y mucho menos pueden acogerse al Plan de Regulación.
2. Ante proyecto de Ley. Que el Poder Ejecutivo proceda a depositar ante el Congreso Nacional el ante proyecto de ley consensuado por las autoridades y todos los actores del sector de juegos. Este proyecto establece consecuencias para los operadores del sector que actúan contrario a las disposiciones legales.
3. Pago de sobre premios. Que las autoridades procedan a implementar e imponer el pago de premios en las loterías, amparados en las disposiciones establecidas en la ley 139-11, Art. 2, Párrafo VI, en cuanto al pago único de devolución a los jugadores y que esta disposición sea aplicada a todos los actores del sector. Los premios deben pagarse como establece la Ley 139-11 y los contratos de los concesionarios (Loterías Privadas), es decir, 60 veces lo apostado en primera, 8 veces lo apostado en Segunda y 4 veces lo apostado en tercera, así como 1000 veces lo apostado en el Pale y 20,000 veces lo apostado en la Tripleta.
4. Ventas Ambulantes. Que las autoridades competentes en materia de juegos de azar, incluyendo el Ministerio Público, procedan aplicar los procedimientos que establece la ley. Corrigiendo y deteniendo a todo costo la creciente venta ambulante en las diferentes modalidades.
5. Máquinas y Verifones en establecimientos prohibidos por la ley. Proceder de manera inmediata a clausurar las operaciones de miles de máquinas que operan en colmados y otros establecimientos en todo el territorio nacional, sin los permisos establecidos y en violación a otras disposiciones establecidas para operar juegos de azar en la República Dominicana.
6. Seguridad Jurídica, Derechos Adquiridos y Debido Proceso. Que el gobierno y las autoridades, procedan a la aplicación de las regulaciones y disposiciones de ley que regulan el sector de las ventas de números de loterías, respetando estos principios y derechos fundamentales, los cuales forman parte de la columna vertebral de un Estado Democrático y de Derecho, como lo estable nuestra Constitución.
7. Revisión contratos existentes en materia de ventas de loterías. Que el Gobierno Dominicano, ordene de inmediato una revisión a todos los contratos de ventas de números, incluyendo el Contrato que tiene la Federación Nacional de Bancas de Loterías (FENABANCA) y sus Asociaciones de Bancas; ya que los mismos están plagados de irregularidades, contrario al interés nacional y sobre todo privilegios a favor de unos y en contra de otros.
La Federación Nacional de Bancas de Loterías y sus Asociaciones de bancas, no se abocará a discutir nuevas disposiciones sobre el sector de ventas de números de loterías, hasta tanto las autoridades responsables no cumplan con los siete puntos demandados en esta rueda de prensa.
El Estado como ente rector de las relaciones en la sociedad, no solo establece los lineamientos y normas a seguir, sino que en un sentido más amplio tiene la obligación de establecer seguridad jurídica al ejercer su poder de autoridad, constituyendo esta garantía dada al individuo de que su persona, bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos o que, si estos llegaran a producirse le serían asegurados por el Estado su protección y reparación por procedimientos regulares, establecidos previamente.
Finalizan diciendo que El Ministerio de Hacienda y la Lotería Nacional, como parte de la Administración Pública, tienen que someter sus actuaciones al mandato legal.