La reciente intervención de una barbería en Boca Chica, por operar pasada la medianoche, ha reavivado el debate sobre los límites legales de las autoridades para imponer restricciones a derechos fundamentales mediante decretos o resoluciones administrativas.
Expertos juristas consultados coinciden en que tales medidas no tienen fundamento constitucional si no están sustentadas por una ley orgánica.
El abogado Namphi Rodríguez sostuvo que el artículo 74 de la Constitución “establece que los derechos fundamentales se deben regular por leyes, en este caso, leyes orgánicas”. Explicó que durante casi 20 años se han ejecutado disposiciones de carácter administrativo para regular el orden público. “Se trata de actividades que hacen frontera con derechos fundamentales como la libertad de tránsito, la regulación de horarios, la libertad de comercio o de empresa”.
“Ha llegado el tiempo de darnos una ley orgánica que permita cumplir con el mandato de la Constitución (…) para regular los temas relacionados con los derechos fundamentales que están incursos en la actividad reglamentaria del Estado”, añadió.
FUENTE: Diario Libre