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Presidencia notifica a funcionarios para que respeten plazos de entrega de información pública

El ministro de la Presidencia, Joel Santos Echavarría, envió una notificación a los titulares de las instituciones del Gobierno central, instándolos a cumplir fielmente con los plazos establecidos en el artículo 8 de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública 200-04.

La misiva, fechada el pasado martes, fue enviada a los responsables de las instituciones del Estado para asegurar el cumplimiento de la normativa legal sin necesidad de esperar una sentencia del Tribunal Superior Administrativo.

Durante su intervención en «LA Semanal con la Prensa» el pasado lunes, el presidente Abinader dijo: “Cualquier información que la prensa requiera tiene que ser entregada inmediatamente”, en respuesta a una periodista que le cuestionó sobre este tema, señalando que algunos funcionarios obstruyen el libre acceso a la información en las instituciones que dirigen.

En ese sentido, Santos Echavarría precisó en la misiva: “Es imperativo que cada institución pública garantice el cumplimiento estricto de los plazos establecidos por la Ley 200-04 para la entrega de información pública, implemente procedimientos internos para asegurar la pronta y eficiente respuesta a las solicitudes de información y capacite al personal responsable en materia de acceso a la información pública y manejo de las solicitudes”.

Y añadió: “El acceso a la información es un derecho fundamental que contribuye al fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana. Es por esto que el cumplimiento de estos plazos no solo es una obligación legal, sino también un compromiso con la transparencia en esta gestión de Gobierno”.

Santos Echavarría reiteró que la Ley 200-04 estipula que las solicitudes de acceso a la información pública deben ser respondidas dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles de manera eficaz y oportuna, contados a partir de la recepción de la solicitud; y que, en casos excepcionales, este plazo puede ser extendido por 10 días hábiles adicionales, previa notificación y justificación por escrito al solicitante.

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