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PLD denuncia persecución política en Yamasá tras suspensión de vicealcaldesa en el MINERD

El Comité Cayo Báez del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el municipio de Yamasá denunció los supuestos atropellos y abusos de poder que son cometidos por funcionarios del actual gobierno en ese municipio, tras la suspensión de la actual vicealcaldesa, Guillermina Tolentino, por parte del Distrito Educativo 17-01.

“Denunciamos el atropello en contra de nuestra compañera vicealcaldesa del municipio de Yamasá, Guillermina Tolentino, quien, en su condición de ser la coordinadora provincial de las mujeres en la campaña de nuestra organización política, ha sido desvinculada otorgándole una licencia forzosa sin disfrute de sueldo”, expresaron en un comunicado de prensa.

Agregaron que además está siendo acosada y amenazada por múltiples dirigentes del oficialismo para que desista de realizar el trabajo político que viene desarrollando.

Los dirigentes del PLD Rosa Sepúlveda, Felix de la Rosa, y Eddy Bautista, acusan al candidato a Senador y Diputado actual por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Pedro Tineo por alegadamente utilizar a los funcionarios medios de la provincia para ponerlos al servicio de su candidatura y la reelección del presidente Luis Abinader.

En el comunicado destacaron que la exvicealcaldesa de Yamasá, Jacqueline Páez y exalcalde de Peralvillo hasta finaliza su gestión se mantuvieron devengando su salario, por lo que, consideran cualquier argumento de aplicación de la ley con esa acción se convierte en selectiva y persecución política.

Los dirigentes del PLD hicieron un llamado a la Asociación Dominicana de Profesores, a la Asociación Dominicana de Técnicos de Educación, y a toda la población del municipio de Yamasá a una marcha a entregar un documento el próximo viernes 10 de mayo a partir de las 9:00 de la mañana a entregar un documento al Distrito Educativo para que cesen las supuestas persecuciones y amenazas contra los dirigentes magisteriales de oposición.

Para los peledeistas el argumento utilizado para separarla de sus funciones es una manipulación de la legislación que por demás son claros que en el caso de los docentes no se aplica, señalando los artículos 80_045 de Ley 41-08. Sobre Administración Publica que establece: “aceptar designación para desempeñar en forma simultánea más de un cargo del Estado, salvo cuando se trate de labores docentes, culturales, de investigación y las de carácter honorífico, no afectadas por incompatibilidad legal, y con la debida reposición horaria cuando hubiera superposición de este tipo.

La aceptación de un segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que corresponda”.

También señalaron el artículo 66, de la Ley 176-07, el cual está que “El vice sindico/a ejercerá sus funciones bajo la dirección y supervisión del/de la sindico/a. Le corresponderá sustituir a1 sindico en 10s casos de ausencia temporal o definitiva del mismo, y desarrollará las actividades y actuaciones que el síndico/a les delegue y confiera”.

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